El TJUE avala la doctrina del Supremo para anular contratos con tarjetas revolving

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Comunicación



La Justicia europea llega a la misma conclusión de la jurisprudencia del Supremo para declarar la usura en contratos de tarjetas revolving.

La doctrina del Tribunal Supremo permite anular contratos con tarjetas revolving por ser declarados como «usura» cuando superan un determinado tipo de interés al declarar que este criterio no es contrario a las normas comunitarias.

A menudo las entidades financieras comercializan contratos de préstamo de forma opaca y poco transparente, muchos consumidores llevan años pagando sin conocer la posibilidad de reclamar y liberarse de deuda.

¿Qué debemos hacer?

Si el crédito es usurario, o no se realizó con la debida transparencia, debemos pedir su nulidad por la vía judicial.

De esta forma, sólo estaremos obligados a devolver la suma recibida (ni un euro más), mientras que el prestamista tendrá que reintegrar al cliente todas las cantidades que excedan al principal prestado.

¿Puedo reclamar la devolución si el contrato está ya cancelado?

, la reclamación es viable aunque el contrato ya se encuentre cancelado, puesto que estamos ante supuestos de nulidad radical.

¿Qué documentación necesito?

  • Toda la documentación relativa al contrato, si disponible.
  • El cuadro de amortización con todos los movimientos efectuados con la tarjeta o algunos resguardos mensuales facilitados po el banco. El despacho ofrece la posibilidad de requerir la documentación directamente al banco.

¿Qué más puedo reclamar?

Cualquier comisión que se nos haya impuesto, y que no responda a ningún servicio efectivamente prestado y los intereses aplicados al prestamo.

¿Tiene créditos con alguna entdad (WiZink, Caixabank, Carrefour, Cetelem…)?  Ahora se pueden reclamar.

Destacan en este sentido las comisiones por reclamación de saldo deudor, y las comisiones por exceso de límite de crédito disponible.

Una salvedad: en los préstamos tipo revolving anteriormente aludidos, la entidad también percibe una comisión de disponibilidad. Dicha comisión, a diferencia de las anteriores, siempre que no rebase ciertos límites, sí sería legal.

 

Para más información puede contactar sin compromiso rellenando uno de nuestros formularios, o llamando al 961 20 45 40.

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