El grito es unánime: La Comisión de Apertura no obedece a la prestación de servicio alguno para el cliente.
Tras los revolcones que el Alto Tribunal ha venido sufriendo ante el TJUE, parece cada vez más claro que sus Sentencias no son precisamente “palabra” de Dios. Así, los Jueces nacionales, dentro de su independencia y siempre conforme a Ley, han optado en no pocas ocasiones por resolver los casos discrepando de las directrices –“aparentemente” equivocadas– del Supremo.
El último caso ha venido nada menos que de la mano de la AP de Orense, quien dictamina que, efectivamente, la Comisión de Apertura es abusiva. Y tanto.
Este cambio de actitud de los juzgadores ha estado muy unido al estallido de la crisis económica, que dejó al descubierto la presencia de múltiples cláusulas abusivas en las hipotecas de millones de españoles, y que ha llevado a muchos de ellos a posicionarse del lado del consumidor.
El auxilio del Tribunal de Justicia de la Unión Europea
Todo comenzó en julio de 2011, cuando el titular del juzgado mercantil N.º 3 de Barcelona –José María Fernández Seijo–, planteó ante el TJUE si la Ley Hipotecaria Española –que facultaba el desahucio del prestatario con extraordinaria facilidad– vulneraba los derechos del consumidor.
La respuesta del Tribunal con sede en Luxemburgo se hizo esperar dos años, pero supuso un antes y un después, pues facultó que los Jueces pudiesen frenar las ejecuciones –incluso de oficio–, en caso de detectar cláusulas abusivas en el contrato hipotecario.
A partir de entonces el hecho de tener que recurrir ante dicho Tribunal se ha convertido en un clásico dentro de la historia jurídica de nuestro país (especialmente ante algunas decisiones “chocantes” por parte del Supremo). De hecho, la próxima cita se producirá este verano, con la cuestión prejudicial planteada en relación con el IRPH.
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