Te explicamos qué son los préstamos tipo revolving y por qué pueden anularse sus intereses.
Los préstamos tipo revolving pueden definirse como líneas de crédito que las entidades “facilitan” a sus clientes, con un tope máximo preestablecido, y renovables durante el tiempo que venga especificado en el contrato.
Es la modalidad más utilizada en las tarjetas de crédito y créditos rápidos para el consumo, donde suele ofrecerse, además, la posibilidad de aplazar los pagos.
Hasta ahí suena todo muy bien… pero tienen trampa, porque detrás de las facilidades se esconden unos intereses usureros que, a la postre, provocarán más de un quebradero de cabeza al consumidor.
El Tribunal Supremo, en Sentencia de 25 de noviembre de 2015 (LEY 172714/2015), decretó Nula una operación de este tipo. En el caso enjuiciado el préstamo tenía un interés remuneratorio del 24,6% TAE, muy superior al normal del dinero y visiblemente desproporcionado de acuerdo con las circunstancias del cliente.
Y es que estos créditos suelen aplicar un tipo de interés superior al 20%, aunque el precio del dinero a día de hoy ronde el 0% en la Eurozona.
Eso por no hablar de las comisiones y los intereses de demora que, casi con total probabilidad, tendrá que abonar el prestatario si se retrasa en alguna de las cuotas.
Interés usurario
La usura se encuentra recogida en la Ley de 23 de julio de 1908. La misma nos precisa que:
“Será usurario el interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado en relación con las circunstancias del caso”.
Ejemplo de su funcionamiento
Supongamos que nos ofrecen un crédito de 1.000 euros a devolver en cómodas cuotas de 30… ¿quién podría negarse?
Seguramente no será hasta varios días después, cuando descubramos que hemos firmado por un interés anual del 29%. E Incluso, aunque el banco nos avise, es muy difícil que nos explique lo que realmente supone… para empezar, porque ni tan siquiera anticipan cuántas cuotas serán en total. Lo peor está por venir.
Los más avezados hacen sus cálculos y piensan que como les han prestado 1.000 euros, al 29%, si pagan cuotas mensuales de 30 euros, en tres años y siete meses habrán terminado de saldar su deuda (1.290 entre 30 igual a 43). Nada más lejos de la realidad.
A pesar de tratarse de un préstamo por importe de mil euros, y a pesar de que cumplamos con todas las cuotas, terminaremos de pagarlo en 5 años y nueve meses, siendo los intereses totales de 1.057 euros (más que el propio préstamo en sí), y otros mil a costa de la devolución del principal. Pincha aquí para ver el cuadro de amortización total.
Importante: en caso de incumplir con las cuotas, o tener que aplazarlas, existe el riesgo de que quedemos atrapados en una espiral de intereses de la que nunca podremos salir a menos que nos ayuden.
Para más información puede contactar sin compromiso rellenando uno de nuestros formularios, o llamando al 96 120 45 40.