Así “engañan” los bancos a sus clientes para evitar ser demandados

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Comunicación



Te contamos las estrategias más habituales empleadas por las entidades financieras para que sus clientes no les demanden por Cláusula Suelo.

Hace ya varios meses el diario online “ok diario” filtró un documento interno de una conocida entidad, en donde se daban una suerte de instrucciones para convencer a los clientes con cláusula suelo, sobre la conveniencia de no emprender acciones legales: son los famosos pactos de renuncia de derechos.

Vaya por delante que estos pactos, si se hacen con la debida transparencia, son válidos. El problema es que casi siempre se realizan de forma irregular.

De hecho, para conseguir la aceptación del consumidor, la estrategia más habitual consiste en ofrecerle una rebaja en el tipo de interés… “por ser usted cliente vip”. Sin embargo, este “descuento” llevaba aparejada, entre otras, una condición de renuncia a emprender acciones legales contra el banco en cuestión.

Además, aparte de abrumar al cliente con los honorarios que supone la contratación de un abogado (nada más lejos de la realidad), normalmente el consumidor no podía llevarse el acuerdo a su domicilio para estudiarlo; si bien, aunque lo hiciera, lo más probable es que tampoco pudiese calcular con precisión la cantidad a la que renunciaba: devolución de cantidades por intereses indebidos; reelaboración del cuadro de amortización; más intereses indemnizatorios.

En otras palabras, en la mayoría de los casos, la entidad estaba “engañando” nuevamente al hipotecante.

Sobre el coste de la demanda

Las demandas por cláusulas abusivas (la cláusula suelo es una de ellas, pero no es la única), normalmente tienen un coste que ronda los 150 euros, más un porcentaje variable por la cuantía recuperada que, si el banco es condenado en costas, el cliente no tiene que pagar.

Sobre el éxito de la demanda

Los bancos saben de antemano que lo tienen cuesta arriba ante una demanda: la probabilidad de que el cliente gane es del 98,3%, de acuerdo con los datos oficiales del Consejo General Poder Judicial.

Y por eso intentan ofrecer acuerdos que nunca serán buenos, a menos que el cliente/consumidor esté debidamente informado antes de firmarlos.

Es decir, a cada consumidor en concreto hay que informarle en el acuerdo de esa cantidad a la que está renunciando. De no ser así, entendemos que el acuerdo no es transparente, y que no cierra ninguna transacción, porque realmente quién está cediendo en todo es el cliente, no el banco.

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